Cambio de nombre, cambio de titular y subrogación del contrato de luz: no son lo mismo (y cuál te conviene)

Tres carpetas y un contrato sobre una mesa

«Quiero poner la luz a mi nombre». Es una de las frases que más escuchamos, y detrás puede haber tres trámites distintos: una simple corrección del nombre, un cambio de titular con contrato nuevo o una subrogación que mantiene el contrato y sus condiciones. Elegir bien evita perder una tarifa buena o heredar una mala. Te lo explicamos con ejemplos.

Los tres trámites, comparados

Cambio de nombre (corrección) Subrogación Cambio de titular (nuevo contrato)
Qué es corregir un error en los datos del titular (DNI, apellido mal escrito) la nueva persona asume el contrato existente tal cual: misma tarifa, misma potencia, mismas condiciones se da de baja el contrato anterior y se crea uno nuevo a nombre de la nueva persona
Cuándo el titular es el mismo pero sus datos están mal alquiler nuevo con una tarifa buena, herencia, separación quieres elegir tarifa, compañía o potencia; o la compañía no admite subrogación
Coste 0 € 0 € 0 € (si no cambias potencia ni hace falta boletín)
Tiempo 2-5 días 2-7 días 2-7 días (más si hay boletín)
Riesgo ninguno heredas servicios o permanencias del anterior pierdes una tarifa buena si la actual lo era

Qué documentos piden

  • Siempre: DNI del nuevo titular, CUPS (de cualquier factura) y un IBAN.
  • Documento que acredita el derecho sobre la vivienda: contrato de alquiler, escritura o nota simple, certificado de defunción con la documentación de la herencia, o convenio de separación.
  • Para subrogación: algunas compañías piden el consentimiento del titular anterior; con la documentación anterior suele bastar.

El paso a paso completo está en cómo cambiar de titularidad de la luz y, para herencias y separaciones, en defunción y divorcio.

¿Subrogar o contrato nuevo? La regla

Antes de decidir, mira la factura actual con nuestros siete conceptos:

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Si la factura actual tiene… Haz…
un precio del kWh competitivo y sin servicios raros subrogación: no toques lo que funciona
servicios de mantenimiento, descuentos que caducan o permanencia contrato nuevo: empiezas limpio
una potencia que no es la que necesitas contrato nuevo con la potencia correcta (sin coste extra si bajas)
PVPC y el nuevo titular tiene derecho al bono social subrogación en PVPC y solicitud del bono social

El error más caro: subrogar «para ir rápido» un contrato con un servicio de 8 €/mes y permanencia de 12 meses. Son 100 € que se podían evitar leyendo una factura.

Ejemplos típicos de cada trámite

  • Piso de alquiler en Jerez: el inquilino anterior tenía una tarifa con tres servicios. Contrato nuevo a nombre del nuevo inquilino con tarifa limpia: 14 € al mes menos.
  • Casa heredada en la Sierra: contrato a nombre del padre fallecido, con PVPC. La hija, pensionista con la mínima: subrogación en PVPC y bono social del 42,5 %.
  • Local traspasado en Algeciras: el anterior tenía 15 kW sin usar. Contrato nuevo con 9,2 kW: 520 € al año menos de potencia.

Preguntas frecuentes

¿Pueden negarse a la subrogación?

Algunas comercializadoras no la ofrecen en todas sus tarifas. En ese caso, contrato nuevo (con ellas o con otra) sin coste.

¿Y si el titular anterior tiene deuda?

La deuda es suya. Con un documento que acredite tu derecho sobre la vivienda, el contrato nuevo a tu nombre sale adelante; la subrogación, normalmente no.

¿Hace falta boletín?

Para cambiar de titular, no. Solo si la distribuidora lo exige por antigüedad de la instalación o si subes potencia.

¿Lo hacéis vosotros?

Sí, los tres trámites, sin coste. Mándanos la documentación por WhatsApp.

Ponemos la luz a tu nombre (bien)

Mándanos una factura, tu DNI y el contrato o escritura, y te decimos si te conviene subrogar o contrato nuevo. Lo tramitamos sin coste.

Cambiar el titularWhatsApp 618 40 22 90

Información general sobre los trámites de titularidad en suministros de baja tensión (octubre de 2026). Cada comercializadora tiene sus condiciones de subrogación.

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